lunes, 20 de octubre de 2008

Responsabilidades de los Consules Honorarios

Hola a todos:


Aquí les envío alguna información que me enviaron de la SRE con relación a los Consulados Honorarios.


Cordiales saludos.


------------------------------------------------------------------------------
Dr. G

Inicio del mensaje reenviado:


De: "DGPAC" dgpaconsulares@sre.gob.mx>
Fecha: 20 de octubre de 2008 01:41:33 p.m. GMT-05:00
Para: >
Cc: "Archivo Oficial" <aoficial@sre.gob.mx>, Dudas para Trámites dudasparatramites@sre.gob.mx>, <atencionciudadana@sre.gob.mx>
Asunto: pac/pac430921/asuntoscons/orgcons/*/*/*/u/s/


"2008, Año de la Educación Física y el Deporte"


En relación con su consulta de fecha 8 de octubre de 2008, informo a usted lo siguiente:


La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares regula el establecimiento de las Representaciones Consulares, entre ellas los Consulados Honorarios.


Asimismo, me permito comunicar a usted que los Cónsules Honorarios son nacionales o residentes del país receptor que por amistad con México, dedican sin recibir retribución salarial alguna, parte de su tiempo y esfuerzo a las actividades consulares, de protección a mexicanos, promoción de la imagen de México, de su cultura, del comercio exterior, de las inversiones productivas y del turismo.


En los casos de auto-propuesta, el candidato deberá contar con el respaldo de la Representación Diplomática o Consular de México que lo supervisará.


Atentamente,

Enrique A. Romero Cuevas
Director General Adjunto


LADIMJAC/pcj